La denominada “Ley de Modernización Laboral”, pilar del programa de reformas del gobierno de Javier Milei, ha comenzado a encontrar sus primeros y más severos obstáculos en los tribunales del país. En una secuencia de fallos que marca un precedente crítico para la seguridad jurídica de la normativa, la justicia de Córdoba y de la provincia de Buenos Aires han declarado la inconstitucionalidad del artículo 55, el apartado que regula la actualización de las indemnizaciones en juicios que ya estaban en trámite al momento de la sanción de la ley.
El origen de la disputa: El golpe al bolsillo del trabajador
El eje del conflicto radica en cómo se recalculan las deudas laborales. Antes de la reforma, los montos se ajustaban mayoritariamente mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés anual del 3%. El nuevo artículo 55, sin embargo, introdujo un esquema basado en las tasas de interés del Banco Central (BCRA), con un tope máximo de inflación más un 3% anual y un piso del 67% de dicho cálculo.
Para los especialistas y magistrados, este cambio no es meramente técnico, sino que tiene un impacto económico devastador. Según el fuero laboral, este mecanismo podría reducir entre un 20% y un 60% el monto final que percibe un trabajador en comparación con los criterios previos a la ley.

La Plata: Un fallo contra la «insuficiencia» de la actualización
El caso más reciente fue protagonizado por el Tribunal del Trabajo N°3 de La Plata, integrado por los jueces Soledad Moreyra, Sofía María Silva Pelossi y Nicolás Menestrina. En el marco de una demanda iniciada por un trabajador gastronómico que reclamaba por falta de registración y salarios adeudados, el tribunal dictaminó que la aplicación del artículo 55 implicaría una vulneración de derechos constitucionales básicos.
Los magistrados argumentaron que el sistema de actualización previsto es insuficiente frente a la inflación, afectando el derecho a la protección del trabajo (artículo 14 bis), el derecho de propiedad y el principio de igualdad ante la ley. «La mora del empleador no puede beneficiar al deudor mediante mecanismos de actualización insuficientes; la inflación es un riesgo que debe ser soportado por quien incumple», sentenciaron los jueces al condenar a los demandados a pagar más de $12,8 millones.

Córdoba: antecedente de «desigualdad arbitraria»
Días antes, el 10 de marzo, el juez cordobés Ricardo Gileta ya había encendido las alarmas del Ejecutivo al firmar el primer fallo contra la reforma. Gileta desechó la validez del artículo 55 por considerar que establece un trato desigual entre procesos judiciales: distingue arbitrariamente entre juicios nuevos y causas que ya estaban en trámite.
El magistrado remarcó un punto clave de la doctrina laboral: los créditos laborales tienen naturaleza alimentaria y gozan de una protección especial. «La distinción entre causas nuevas y en trámite carece de fundamento constitucional y genera una desigualdad que la Carta Magna no tolera», concluyó Gileta, ordenando que el capital se actualice según el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que prevé IPC más un 3% mensual desde la mora.
No todas las voces son de rechazo absoluto. El abogado laboralista Julián De Diego, en un análisis de la coyuntura, advirtió que estos fallos podrían enfrentar apelaciones de rigor. Según De Diego, la justicia debe buscar la equidad para evitar que sentencias «exorbitantes» aniquilen a las pymes y los empleos que contienen. El experto señaló que la Corte Suprema ha instado a que la determinación de tasas sea razonable y no conduzca a un enriquecimiento sin causa.
Sin embargo, el clima judicial es de alta tensión. Mientras se multiplican los fallos individuales, la Confederación General del Trabajo (CGT) ha llevado la batalla al fuero nacional del Trabajo. La central obrera, junto a gremios aeronáuticos y judiciales, cuestiona aspectos de la reforma que vulneran derechos tanto individuales como colectivos, en una causa que quedó radicada en el juzgado N° 63 a cargo de Raúl Ojeda.
La situación actual describe un escenario de fragmentación judicial. Mientras en algunas provincias como San Juan la reforma ya se aplica con rigor —frenando paros docentes al declarar la educación como servicio esencial—, en los tribunales laborales de Buenos Aires y Córdoba la norma se desmorona artículo por artículo.
La discusión sobre la actualización de créditos laborales y el tope a las indemnizaciones parece tener un destino inevitable: la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta que el máximo tribunal se pronuncie, la «Ley de Modernización Laboral» habitará un limbo jurídico donde la protección del trabajador y la estabilidad de las empresas seguirán en pugna directa, al mismo tiempo, la conflictividad laboral crecerá en un contexto de cierre de empresas, despidos y pérdida de poder adquisitivo, esta ofensiva contra el bolsillo del trabajador se trasladará en un ida y vueltas entre la calle y los tribunales.






