En un contundente comunicado, la Confederación General del Trabajo (CGT) celebró el reciente fallo de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, que revocó la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Loretta Preska en el litigio por la expropiación de YPF. Para la central obrera, esta decisión judicial no solo representa un alivio económico de más de 16 mil millones de dólares, sino que ratifica la legalidad del accionar argentino en 2012 y desarma los cuestionamientos que han rodeado el proceso durante años.
El fin de una «sentencia injusta» y el respaldo a la soberanía
La resolución judicial es interpretada por la central sindical como un fortalecimiento de la posición jurídica del Estado argentino, validando que la recuperación de la petrolera respondió a una necesidad estratégica vinculada a la soberanía energética y no a una decisión arbitraria. Según la CGT, el fallo convalida los argumentos de la defensa argentina, subrayando que “se trata de un fallo de la justicia estadounidense que ratifica el accionar argentino”.
En el documento, la organización defiende con énfasis el rol de YPF como motor de desarrollo, destacando especialmente la importancia de la formación Vaca Muerta como polo de producción de hidrocarburos e imán de inversiones y puestos de trabajo. La central sostiene que el control estatal ha sido determinante para garantizar el abastecimiento interno en un contexto internacional complejo.
YPF: UN FALLO DE LA JUSTICIA ESTADOUNIDENSE QUE RATIFICA EL ACCIONAR ARGENTINO
— CGT (@cgtoficialok) March 28, 2026
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Loretta Preska y falló a favor de la Argentina en el juicio por la… pic.twitter.com/ldaRQESvfB
Duras críticas a la «contradicción» de Javier Milei
Uno de los puntos más álgidos del pronunciamiento es el ataque directo al presidente Javier Milei. La CGT denunció una marcada contradicción entre el discurso público del mandatario y la estrategia que el Estado llevó adelante en los tribunales neoyorquinos.
Al respecto, el comunicado señala: “Se echaron por tierra todas y cada una de las críticas y mentiras difundidas por el Presidente”. La central obrera argumenta que, mientras el mandatario validaba en sus apariciones públicas la posición de los «fondos buitre», frente a los tribunales el Estado “esgrimía los mismos argumentos jurídicos empleados por la defensa argentina en 2020”. Esta situación, para la CGT, evidencia que el fallo no solo es una victoria jurídica, sino una reivindicación de la línea sostenida por administraciones previas. La nacionalización del 51% de YPF fue llevada adelante durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner con un protagonismo destacado del actual gobernador de la Provincia de Buenos Aires, y en aquel momento secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo dentro del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, encabezado por Hernán Lorenzino. Kicillof fue el encargado de llevar adelante la medida sobre la empresa petrolera. Tras la estatización, fue designado director de YPF el 30 de abril de 2012.
La Constitución por encima de los estatutos
El mensaje de la CGT cierra con una advertencia institucional y política sobre la jerarquía de las normas nacionales frente a las exigencias de inversores extranjeros, en este caso los Fondos Buitres. Con una defensa cerrada del rol del Estado y la defensa del interés nacional en sectores estratégicos, la central sentenció: “No hay estatuto que tenga un peso mayor que la Constitución Nacional”.
Para concluir, la organización reafirmó su compromiso con la independencia económica como parte fundamental para el futuro del país: “No hay independencia sin soberanía. No hay soberanía sin YPF”.
Aunque el proceso judicial podría enfrentar una última instancia ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, la central sindical considera que esta resolución ya establece un precedente favorable y refuerza la legitimidad de la nacionalización de la petrolera como una política de Estado innegociable.





